viernes, 26 de octubre de 2012

ULLILEN CON LOS DIAS CONTADOS

REGIDORES FUERON NOTIFICADOS POR EL JURADO NACIONAL DE ELECCIONES SOBRE LA SOLICITUD DE VACANCIA CONTRA EL ALCALDE ROMEL ULLILEN.




El Jurado Nacional de Elecciones cumpliendo con la solicitud de vacancia contra el alcalde provincial de Barranca Romel Ullilen Vega, corrió traslado de toda la documentación y los me­dios probatorios de la causal de vacancia, presenta­do por el ciudadano Gustavo Saavedra Plasier, por cobros indebidos de parte del alcalde en agravio del Estado Peruano.
La gerenta municipal Nora Floriano, con fe­cha 24 de octubre corrió traslado a los 11 regidores sobre la notificación N° 9319-2012 –SG/JNE del ex­pediente referido a la solicitud de vacancia.

TIENEN PLAZO HASTA ESTE MIERCOLES PARA
CONVOCAR A SESIÓN

Una vez notificados lo regidores y el alcalde, el JNE les da un plazo de 5 días hábiles para que se convo­que a sesión de concejo. En caso que el alcalde no cumpla con la convocatoria dentro del plazo esta­blecido, el primer regidor Eladio Gutierrez tiene la facultad de convocar a sesión extraordinaria, previa notificación escrita al alcalde, conforme lo estable­ce el artículo 13 de la Ley Orgánica de Municipalida­des.
El concejo Provincial de Barranca en un pla­zo de 30 días como máximo debe sesionar para re­solver el pedido de vacancia, cuyo día seria el 12 de diciembre.

COBROS INDEBIDOS
SUPERAN LOS 210 MIL SOLES

Según el Decreto Supremo N° 025-2007-PCM.
La Presidencia del Concejo de Ministros, dictó me­didas sobre los ingresos por todo concepto de los alcaldes. Precisamente el año 2007, cuando Romel Ullilen empezaba su segunda gestión municipal. Desde esa fecha debió cobrar solo su sueldo de al­calde aprobado en sesión de concejo de acuerdo al Decreto Supremo de la PCM. Sin embargo el alcalde cobró por otros conceptos adicionales como son los pactos colectivos otorgados a los trabajadores sin­dicalizados.
El sueldo por todo concepto del alcalde de Barranca fue aprobado por 7,800 soles mensuales y sus regidores reciben como dieta mensual el 30% que equivale a 2, 140 nuevo soles. Cuando el alcalde cobraba escolaridad, aguinaldo de fiestas patrias y navidad día del trabajador municipal, aniversario de Barranca, recibía más de 15 mil soles mensuales superando a su sueldo de acuerdo a lo normado por todo concepto. Este término por todo concepto es clarísimo, no debió cobrar más de 7,800 nuevos so­les mensual.
El alcalde desde el 2007 a la fecha de la solici­tud de vacancia habría hecho cobros indebidos por más de 210 mil soles aproximadamente.
En las últimas horas corrió el rumor que el alcalde habría devuelto la suma de 130 mil soles a la muni­cipalidad. De ser cierta esta versión, no lo eximiría de responsabilidad legal, opinaron conocidos hom­bres de leyes de Barranca.




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